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martes, enero 08, 2008

la favorabilidad y la prescripción

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL



Magistrado Ponente:
DR. MAURO SOLARTE PORTILLA
Aprobado acta No. 065
“En síntesis, recapitulando, la Sala de Casación Penal recoge las diversas posturas vertidas en autos y sentencias a partir de la entrada en vigencia del Código Penal, Ley 599 de 2000[1], y en su lugar sostiene que en la sistemática jurídica colombiana si un servidor público en ejercicio de sus funciones, de su cargo o con ocasión de ellos realiza una conducta punible, la prescripción de la acción penal ocurrirá en un tiempo no menor de seis (6) años y ocho (8) meses, bien que el fenómeno ocurra en la etapa de instrucción (antes de quedar ejecutoriada la resolución de acusación), bien que acaezca en la fase del juzgamiento (después de alcanzar firmeza la resolución acusatoria); no importando que el delito se sancione con pena no privativa de la libertad, o que la pena máxima de prisión –si la hubiere- fuere inferior a cinco años”.

[1] Empezó a regir a partir del veinticinco (25) de julio de dos mil uno (2001).
solicite el texto completo de esta sentencia citando el codigo 020586